Se informa de la medida cautelar de suspensión en relación con la obligación de comunicación de los intermediarios en los que la cesión de información vulnere el régimen jurídico del deber de secreto profesional, regulada en el artículo 45.4.b) del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos (RGAT).